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Resumen de El papel del secretario judicial en la conciliación laboral tras la reforma de la LPL

Rocío Zafra Espinosa de los Monteros

  • español

    La reforma, de carácter procesal, introducida por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, que entró en vigor en mayo de 2010, introduce importantes modificaciones tendentes al otorgamiento de funciones de ordenación procesal, al secretario judicial.

    En este sentido, mediante la citada ley se modifica la Ley de Procedimiento Laboral de 1995, incorporando a las funciones que ya asumían los secretarios judiciales, la titularidad de la dirección del acto de conciliación que tradicionalmente, realizaba el juez o magistrado.

    Esta investigación pretende estudiar los efectos de dicha modificación en el procedimiento laboral, y sobre todo, en lo que se refiere a los efectos relativos a la real y efectiva solución del conflicto.

  • English

    The procedural reform introduced by Law nº 13/2009, of 3 November, on a reform of the procedural legislation concerning the implementation of the new organization of courts, which came into force in May 2010 introduces important changes aiming to give procedural functions to Judicial Secretaries.

    Thus, by means of the above mentioned Law, changes are introduced in the Labour Procedure Law of 1995, incorporating to the functions of Judicial Secretaries the competence of direction of the conciliation acts, which has traditionally been held by the judge.

    This research expects to study the effects of these changes in the Labour Procedure and especially the effects relating to a real and effective solution to the conflict.


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