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Efectos obligacionales y reales del impago del precio en la venta con pacto comisorio

  • Autores: Anna Caballé Martorell
  • Localización: Revista General de Derecho Romano, ISSN-e 1697-3046, Nº. 16, 2011
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En el presente artículo se hace un estudio de la evolución de las consecuencias obligacionales y reales de las ventas con pacto comisorio en el Derecho romano clásico, desde las consecuencias derivadas de la construcción sabiniana hasta las derivadas de la construcción del proculeyano Neracio Prisco. Para Sabino en tanto no ha finalizado el plazo previsto para el pago, por tanto, pendiente la condición a la que quedan sometidas estas ventas, el vendedor retiene la propiedad de la cosa entregada al comprador, pues, al no haberse aun perfeccionado el contrato con el pago, la compraventa no se erige en iusta causa para la transmisión de la propiedad. Constatado el impago, basta que el vendedor ejercite la acción reivindicatoria para recuperar la cosa que no ha dejado de estar en su propiedad. Neracio Prisco, por el contrario, atribuye efectos resolutorios al pacto comisorio, de tal manera que, hasta que no se constate el impago, la compraventa es pura y se erige en iusta causa para la transmisión de la propiedad. Constatado el impago, la cosa debe tenerse por no comprada, así que se plantea el problema de determinar si subsisten o no las acciones propias del contrato con el fin de recuperar la propiedad. Evolución de las consecuencias obligacionales y reales de las ventas con pacto comisorio en el Derecho romano clásico. Consecuencias derivadas de la construcción sabiniana y consecuencias derivadas de la construcción proculeyana.


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