La reforma constitucional del 11 de junio de 2009 estableció la protección de datos personales como un derecho autónomo, es decir, no sólo dejó de ser un derecho colateral al de acceso a la información pública, y por ende atendible únicamente para las dependencias u organismos públicos, sino también se constituyó como un derecho distinto al derecho a la privacidad o a no ser molestado en la persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, como se desarrollará más adelante
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