El 18 de junio de 2011 entró en vigor la totalidad del Reglamento núm. 4/2009, del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la Ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos. Entre otras cuestiones, nace para conseguir una mayor eficacia y sencillez en la ejecución forzosa del crédito alimenticio en los supuestos en los que, dentro de la UE, el deudor reside en un Estado miembro distinto del que dictó la resolución. Constituye un paso más en la construcción del Espacio Judicial Europeo.
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