La Ley 38/2011, de 10 de octubre, acomete una profunda reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. El presente artículo trata de incidir en las reformas que afectan a los créditos tributarios que pueden agruparse, a efectos didácticos, en tres grupos: reformas tendentes a facilitar su reconocimiento, reformas tendentes a facilitar su cobro y otro tipo de reformas. Tales reformas no deben entenderse como una restauración de los privilegios que bajo la legislación anterior ostentaba la Hacienda Pública, sino como una manera de evitar las distorsiones que se producen entre la realidad tributaria y la concursal.
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