Diez años desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de la Responsabilidad Penal de los Menores han servido para mucho. Desde que se optó por legislar los ilícitos penales cometidos por aquellos menores con edades comprendidas entre los 14 y los 18 años, muchas y variadas son las certezas e incertidumbres que, al respecto de un tema tan complejo y tortuoso, han visto la luz en nuestro entramado social.
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