Frente al modelo anterior, en el que el juez tomaba las decisiones fundamentales respecto de las situaciones de desprotección del menor, la vigente normativa centra la actuación protectora en los entes públicos y contempla un abanico de técnicas y medidas que abarcan desde la prevención de las situaciones de desprotección de menores, pasando por la declaración de situación de riesgo, previa a la posible declaración de desamparo y consiguiente asunción automática de la tutela por la Administración y la inserción o integración familiar, laboral y social de los menores que han padecido la situación de desprotección.
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