María Teresa Álvarez Icaza Longoria
A partir de 1750 el arzobispo Manuel Rubio y Salinas ordenó que se llevara a cabo la transferencia a clérigos de doctrinas hasta entonces administradas por el clero regular. Varios de los curatos secularizados tenían un territorio muy amplio; el prelado diocesano tomó la decisión de dividirlos. Al existir más parroquias tenían ocasión de conseguir acomodo mayor número de clérigos; además, argumentaba Rubio, los feligreses se veían beneficiados porque mejoraba su administración espiritual. El establecimiento de estas demarcaciones a veces fue realizado con el consenso de los diversos actores involucrados, pero en otras implicó conflictos que pudieron representar obstáculos importantes en el proceso de creación de nuevas sedes parroquiales.
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