Sentencia de 20 de abril de 2011. Aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo a una relación profesional que tiene origen en un contrato de arrendamiento de servicios. Se aplica la doctrina del Tribunal Constitucional sobre prohibición de discriminación por razón de sexo en las relaciones de trabajo: interpretación de la normativa interna conforme a los principios establecidos en sendas Directivas de la Unión Europea sobre igualdad de trato entre mujeres y hombres