En esta segunda parte, el autor se centra en los Protocolos de Vigilancia Específica de los trabajadores especialmente sensibles a través de los reconocimientos médicos. A modo de introducción, los protocolos han revelado cierta importancia sobre los reconocimientos médicos. Ello se debe a que la LPRL debe dejar atrás el antiguo concepto de reconocimientos médicos para los trabajadores, como si se tratara de meros chequeos que se realiza a cualquier paciente, para así convertirse en verdaderos reconocimientos médicos específicos y periódicos. Puede decirse entonces, que los reconocimientos médicos en materia de trabajadores especialmente sensibles, se caracterizan por su carácter obligatorio en la mayoría de los supuestos, ya sea regulándose en su propia legislación de manera expresa como ocurre en parte de los Protocolos estudiados o, aunque sin reflejarse en ellos de manera expresa, regulan una conducta a seguir según las alteraciones que se encuentren tras los reconocimientos médicos, pudiendo incluso, considerar al trabajador como no apto para el puesto de trabajo.
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