La aprobación de la Ley Concursal 22/2003, de 9 de julio, supuso un cambio trascendental en el escenario mercantil español; sin embargo, la complejidad de la materia y, sobre todo, el continuo desgaste económico han dejado en evidencia sus lagunas y desatinos. En consecuencia, el pasado 10 de octubre se aprobó una importante y profunda reforma, con el fin de lavar la imagen de los concursos e incrementar -en la medida de lo posible- las posibilidades de satisfacción de los acreedores a la vez que se intentaba disminuir los perjuicios para los concursados. Para lograrlo el legislador marca un objetivo: conseguir conservar la actividad. A continuación, examinaremos cómo.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados