La elaboración de los conceptos de capacidad jurídica y capacidad de obrar tiene su origen en la Pandectística alemana y en la tradición romanística. La relación entre discapacidad y incapacidad es poliédrica, si bien cabe decir que la discapacidad es una situación administrativa y la incapacidad un estado civil. La Convención Internacional de 2006 sobre los Derechos de las personas con discapacidad, ratificada por España en 2008, supone en cambio de paradigma que obliga a adaptar la legislación española al respecto.
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