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¿Podía el ciudadano romano cambiar de nombre o signos externos que daban publicidad a su identidad?.

  • Autores: Juan Ramón Robles Reyes
  • Localización: RIDROM: Revista Internacional de Derecho Romano, ISSN-e 1989-1970, Nº. 8, 2012, págs. 86-117
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Al igual que sucede en cualquier sociedad, el ciudadano romano mostraba publicamente su status ostentando un nombre y unos signos exteriores que lo identificaban y lo distinguían de los demás. La cuestión que se plantea en este artículo es la posibilidad del cambio voluntario de estos signos externos. como eran las marcas o stigmata en la piel, el origen de esclavitud o los tria nomina, que designaban al ciudadano dentro del mundo romano. Para ello se analizan figuras jurídicas como las natalibus restituendis o el ius aureorum anulorum, que permitieron a los emperadores "borrar" el vergonzoso pasado de esclavitud, así como la autorizació por parte de Diocleciano y Maximiano del cambio, de nombre constituyendo todas estas acciones hechos insólitos en un Bajo Imperio cada vez más inmovilista y autoritario


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