En el Derecho español suele afirmarse que la institución del arbitraje tiene su fundamento en la libertad y en la autonomía de la voluntad. En efecto, la libertad de autorregulación que el ordenamiento reconoce a los particulares en sus relaciones jurídicas permite que las partes acuerden que una determinada controversia se resuelva mediante arbitraje. La manifestación de voluntad de las partes en ese sentido se recoge en el convenio arbitral, en el que también quedan delimitados los aspectos concretos sobre los que debe decidir el árbitro.
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