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El Secretario judicial, órgano principal en la futura Ley de Jurisdicción Voluntaria

  • Autores: Jesús Seoane Cacharrón
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 7906, 2012
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Ley de Jurisdicción Voluntaria ha de encomendar a los Secretarios Judiciales la resolución de asuntos que no reserven a los Jueces en materia de derechos de las personas y familia, sin perjuicio de que determinados asuntos se encomienden a los Notarios y Registradores con carácter alternativo compartido con aquéllos, para garantizar a los ciudadanos el servicio público de la Justicia en la protección de sus derechos conforme al art. 117.4 de la Constitución.


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