La libertad condicional actualmente comporta una fórmula sustitutiva de la ejecución de la pena impuesta que constituye el último grado del sistema penitenciario, también en los casos en los que esta libertad condicional se concede, por razones humanitarias, en los supuestos de enfermedad grave con padecimientos incurables. El autor de este artículo plantea la conveniencia de que en los casos de enfermedad grave, la libertad condicional tuviera la consideración de una modalidad de suspensión de la ejecución del resto de la pena impuesta, en vez de la actual consideración de último periodo de cumplimiento de la misma, lo que supondría un mayor grado de certeza del derecho en la ejecución penal.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados