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La vulneración del derecho al honor por el ejercicio de la libertad de información.: Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) de 7 de noviembre de 2011. Recurso de Casación Nº 1140/2007

  • Autores: Francisco de Miguel Pajuelo
  • Localización: Revista Aranzadi de derecho de deporte y entretenimiento, ISSN 2171-5556, Nº 35, 2012, págs. 303-315
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Nuestra norma fundamental reconoce como derechos fundamentales tanto el derecho al honor, a la dignidad personal y familiar y a la propia imagen, como el derecho de toda persona a comunicar y recibir información veraz por cualquier medio de difusión. En las sociedades democráticas el derecho a la información es un pilar fundamental para la formación de opiniones libres, si bien encuentra su límite en el debido respeto al derecho de toda persona a que las opiniones que les afecten sean veraces y de interés público, puies en caso contrario la lesión de sus derechos personales al honor, a la propia imagen o a su dignidad personal no pueden estar amparados por la libertad de información.


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