El estudio analiza la regulación que la propuesta de Reglamento hace del derecho al olvido en Internet �el deseo de �borrar el rastro en Internet�-, que hace recaer la responsabilidad de garantizarlo en quien haya publicado los datos personales y no en los buscadores. Así, no parece razonable considerar el derecho al olvido en Internet como una obligación que descansa principalmente en la responsabilidad de los motores de búsqueda, olvidando otras responsabilidades mucho más graves en las que incurre el responsable de la publicación inicial de la web máster �por ejemplo, la Administración cuando publica boletines oficiales y páginas web institucionales en abierto en Internet- y haciendo caso omiso de las propias características de los tratamientos que llevan a cabo los motores de búsqueda �de carácter fundamentalmente técnico-. Finalmente analiza los límites al derecho a la protección de datos personales que la propuesta de Reglamento incorpora para garantizar la libertad de información y de expresión.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados