En el presente trabajo se analiza el régimen vigente en la Ley Concursal y en la Ley de Sociedades de Capital respecto al órgano societario legitimado para decidir instar la declaración de concurso voluntario o proponer un acuerdo de refinanciación a los acreedores. Debido a la descoordinación entre ambas normativas a la hora de tratar la misma cuestión, ofrecemos una solución jurídica aclarando qué órgano concreto es el que puede decidir la solicitud de concurso voluntario por insolvencia actual e inminente, y qué órgano puede presentar una propuesta de acuerdo de refinanciación a los acreedores de la sociedad.
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