El autor hace un análisis comparativo del concepto de las dos Órdenes de Protección a las Víctimas, así como un tratamiento desde el plano competencial y procedimental; y destaca cómo el ámbito de aplicación de la Orden de Protección en el proceso penal español, es más concreto, que el de la Orden Europea de Protección; porque la primera trata de consolidar instrumentos de amparo y tutela frente a la violencia ejercida en el ámbito familiar, y la Directiva 2011/99 del Parlamento y Consejo Europeo de 13 de diciembre de 2011, se aplica a las medidas de protección adoptadas en asuntos penales para la protección de las víctimas en general, aunque evidentemente la Orden Europea de Protección a las víctimas pretende garantizar en un espacio común y judicial sin fronteras interiores la protección de la persona física en cualquier Estado miembro de la UE.
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