Aunque resulte difícil pensar que efectivamente las mujeres con discapacidad tengan menos posibilidades de ejercer sus derechos sexuales y reproductivos que quienes no presenten dicha condición, por desgracia la sociedad ha tardado en reconocer esta situación, y aun cuando algunas alteraciones físicas pueden repercutir en el ejercicio de dichas prácticas, con el apoyo de personal capacitado y de actitudes sociales y profesionales libres de prejuicios y de miedos, tal situación puede resolverse con mejores resultados. Así, se parte de que la igualdad de derechos significa que las necesidades de cada persona son igual de importantes, y que los recursos han de emplearse en garantizar a todos y a todas la misma participación.
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