Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


La parcialidad positiva del juez: fundamento ético material del código modelo Iberoamericano

  • Autores: Artur César de Souza
  • Localización: Universitas: Revista de Filosofía, Derecho y Política, ISSN-e 1698-7950, Nº. 16, 2012, págs. 157-181
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The positive partiality of the judge: substantive ethical foundation of the Ibero-American model code
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El principio de la parcialidad positiva del juez establece que el magistrado, en la solución del caso real, reconoce diferencias sociales, económicas, culturales de las partes que hacen la relaciones jurídicas, y que deben actuar de acuerdo a estas diferencias. En los casos en los tribunales, a fin de dar efectivo eficiencia a los principios de los derechos humanos, se debe tener en cuenta la razón de ser del otro con el fin de lograr un proceso justo y equitativo. Las decisiones sobre la situación personal de la parte, por ejemplo, factores pro miserables, las enfermedades, la clase social y raza, son efectivamente levado a cabo por el principio de parcialidad positiva del juez. Son ejemplos paradigmáticos de la humanización y la solidaridad hecha en la relación procesal, y sugieren un nuevo formación filosófica del juez, a través de un "parcialidad positiva"

    • English

      The judge's positive partiality principle prescribes that magistrates, upon solving a concrete case, recognizes the social, economic, cultural, etc. differences of the parties involved in a legal proceeding relationship, and act according to these differences. In a sense, the legal decisions discussed here, took into consideration the rationality of the Other, as a way to carry out a due process. For instance, decisions in which the personal condition of the party prevails, the pro misero, sickness, social and race factors, are effectively supported by the judge's positive partiality principle. They are paradigmatic examples of humanization and solidarity introduced in the process relationship that suggest a new philosophical education for the magistrate, which, through "positive partiality", takes into account the individual and personal factors of the party to conclude legal judgment.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno