El presente artículo analiza la "doctrina Parot" establecida por la STS 197/2006 de 28 de febrero. Para ello se realiza un estudio desde el momento en que estaban vigentes los preceptos legales que la misma interpreta hasta el fallo en primera instancia en el asunto " Del Río Prada contra España ". Asimismo, se procede al examen de una serie de aspectos relacionados on la cuestión a tratar que no han recibido la suficiente atención.
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