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Risk-Sharing Agreements in Pharmaceutical Markets

    1. [1] Universidad de La Rioja

      Universidad de La Rioja

      Logroño, España

  • Localización: Estudios de economía aplicada, ISSN 1133-3197, ISSN-e 1697-5731, Vol. 31, Nº 2, 2013 (Ejemplar dedicado a: Economía y Salud: Nuevas Perspectivas), págs. 359-378
  • Idioma: inglés
  • Títulos paralelos:
    • Los acuerdos de riesgo compartido en mercados farmacéuticos
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En este artículo, se modela la relación entre una autoridad sanitaria y una empresa farmacéutica cuando la eficacia del medicamento producido por la empresa es incierta. La información ex-ante sobre la eficacia viene dada por los resultados de un ensayo clínico. Se analizan dos tipos de contratos. Por una parte, las autoridades sanitarias pueden fijar un precio unitario independientemente de la efectividad real ex-post del medicamento (no riesgo compartido). Alternativamente, la autoridad sanitaria puede condicionar el precio a la efectividad ex-post observada (contrato de riesgo compartido). El contrato óptimo depende de la relación entre los costes de monitorización, los costes marginales de producción y el coste sanitario derivado del fallo del tratamiento. Cuando la eficacia del medicamento en el ensayo clínico es relativamente alta, un contrato de no riesgo compartido es óptimo para valores relativamente bajos del coste marginal. Cuando la eficacia en el ensayo clínico es relativamente baja, la autoridad sanitaria siempre prefiere condicionar los pagos a los resultados de efectividad.

    • English

      In this article, we model the relationship between a health authority and a pharmaceutical firm when the real efficacy of the drug manufactured by the firm is uncertain. The ex-ante information on the efficacy of the new drug is provided by the outcomes of a clinical trial. We focus on two types of contracts. On the one hand, the health authority can set a unit price regardless of the ex-post real effectiveness of the drug (traditional contract, i.e. no risk sharing). Alternatively, the health authority can make the payments contingent upon the observed ex-post effectiveness (risk-sharing contract). The optimal contract depends on the trade-off between the monitoring costs, the marginal production cost and the health cost derived from treatment failure. When the efficacy of the drug in the clinical trial is relatively high, a traditional contract is optimal for relatively low marginal costs. When the efficacy in the clinical trial is relatively low, the health authority always prefers to condition the payments upon the effectiveness outcomes.


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