Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


En donación de órganos cadavéricos para trasplante: ¿Es el consentimiento tácito más eficiente que el consentimiento informado?

  • Autores: Rafael Reyes Acevedo
  • Localización: Revista de investigación clínica, ISSN 0034-8376, ISSN-e 2564-8896, Vol. 52, Nº. 5 (SEP-OCT), 2000, págs. 589-590
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Recientemente han sido aprobadas algunas modificaciones en la Ley General de Salud en materia de disposición de órganos y tejidos para trasplante, se destaca por la amplia difusión que ha recibido aquella que se refiere al Consentimiento Tácito, es decir, ahora se da por hecho que todos los mexicanos seremos donadores de órganos al momento de morir, a menos que en vida hayamos expresado lo contrario. Lo anterior supone que el proceso de obtención de los órganos para trasplante se habrá simplificado y sobre todo tendría la ventaja de que contamos en México con una legislación que favorece aún más la donación de órganos para trasplante, deja además la posibilidad de que los familiares rehúsen aceptar la donación después de la muerte. Resulta oportuno ahora analizar las experiencias que se han obtenido en otros países.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno