La Ley 9/2012, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, con el fin declarado de proteger la estabilidad del sistema financiero con el menor coste posible para el conjunto de la sociedad, ha establecido el régimen jurídico del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y distintos procesos de actuación sobre las entidades de crédito, atendiendo a su respectivo nivel de solvencia, liquidez, estructura organizativa o nivel interno, en suma, a su nivel de viabilidad. Para ello, ha instaurado varios instrumentos, como son la venta del negocio y la transmisión de activos y pasivos a un banco puente o a una sociedad de gestión de activos, que por su naturaleza podrían entenderse como instrumentos expropiatorios, a pesar de que el legislador no hace mención alguna al ejercicio de dicha potestad.
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