Juan Miguel Alcázar Avellaneda
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en Sentencia de 5 de abril de 2013, ha desestimado un recurso presentado contra el D 97/2010, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que Establece las características nutricionales de los menús y el fomento de hábitos alimentarios saludables en los Centros Docentes no Universitarios. Esta resolución nos sirve de excusa para analizar, siquiera brevemente, la doctrina jurisprudencial en torno a las dudas que pudieran surgir sobre la idoneidad de las normas reglamentarias para regular cuestiones relacionadas con la libertad de empresa reconocida en la Constitución, tanto en su vertiente material como formal.
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