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El derecho a la indemnización por daños morales como consecuencia de la lesión de la libertad sindical a la luz de la sentencia del Tribunal Constitucioal 247/2006, de 24 de julio

  • Autores: Yolanda Maneiro Vázquez
  • Localización: Dereito: Revista xuridica da Universidade de Santiago de Compostela, ISSN 1132-9947, Nº Extra 1, 2013, págs. 245-263
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • La indemnización compensadora por los daños morales derivados de la lesión de los derechos fundamentales en el ámbito de la relación laboral y su defectuosa regulación legal en la anterior Ley de Procedimiento Laboral de 1995, planteó un problema interpretativo fundamental en relación con la exigencia probatoria para la concesión de la indemnización. Sucesivamente a lo largo del tiempo, el TS sostuvo tres líneas jurisprudenciales. La primera, reconoció la automaticidad de la indemnización por daños morales una vez acreditada la lesión del derecho fundamental; la segunda, exigió la prueba de la existencia del daño, pero no de su cuantía. Y, finalmente, se exigió también la prueba de la cuantía solicitada. La STC 247/2006 vino a relajar esta exigencia probatoria, en la línea en que posteriormente se recogería en el reciente artículo 184 LJS.


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