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Responsabilidad civil y penal de los administradores concursales

  • Autores: Fernando Martínez Sanz
  • Localización: Anuario de derecho concursal, ISSN 1698-997X, Nº. 31, 2014, págs. 65-90
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El objetivo de este trabajo es delimitar los posibles supuestos de responsabilidad de la Administración Concursal partiendo del análisis de criterios jurisprudencia les y doctrinales. El administrador concursal, como figura auxiliar del juez, debe velar por la correcta llevanza del procedimiento de forma diligente ajustándose al patrón de conducta de un ordenado administrador y un representante leal. En sede civil, puede ser responsable por los daños y perjuicios causados a la masa o directamente al deudor, acreedor o a un tercero, concurriendo culpa o negligencia. Se procede al estudio de los presupuestos de la acción colectiva e individual, partiendo del artículo 36 de la Ley Concursal. En sede penal, el trabajo describe la posible comisión de tipos delictivos como pudieran ser delitos societarios, apropiación indebida o administración desleal.


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