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CAS 2012/A/2750 Shakhtar Donetsk V. FIFA and Real Zaragoza S. A. D. Sanción de FIFA por impago y concurso de acreedores: ¿patada a seguir del TAS?

  • Autores: Agustín Amorós Martínez
  • Localización: Revista Aranzadi de derecho de deporte y entretenimiento, ISSN 2171-5556, Nº 40, 2013, págs. 389-404
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Mediante resolución de 19 de mayo de 2009 el TAS decidió, entre otras cosas, que el jugador Matuzalem debía pagar al Shakhtar Donetsk la cantidad de 11.858.394 euros, más intereses, y que el Real Zaragoza era solidariamente responsable de dicho pago. El 31 de agosto de 2010 la Comisión Disciplinaria de la FIFA emitió una decisión con respecto a la inobservancia del Laudo del CAS y concedió al jugador y al Real zaragoza un último período de gracia de 90 días. Si el apgo no se hacía en este palzo, el Shakhtar podrá exigir por escrito de FIFA que seis puntos fueran deducidos del primer equipo del Real Zaragoza en el campeonato doméstico. El 13 de junio 2011 Real zaragoza entró en concurso de acreedores y el 7 de julio de 2011 el Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Zaragoza ordenó a la Federación Española de Fútbol que se abstuviera de adoptar cualquier decisión o la imposición de cualquier sanción frente al Real Zaragoza. El 24 de febrero 2012 la Secretaría Adjunta de la Comisión Disciplinaria de la FIFA envió una carta a Shakhtar declarando el procedimiento disciplinario en relación al Real Zaragoza cerrado. Shakhtar apeló esta decisión y TAS finalmente declaró que el proceso contra el Real Zaragoza quedaba suspendido y sería continuado por FIFA a petición del Shakhtar una vez que el procedimineto concursal del Real Zaragoza concluyera.


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