La sentencia, objeto del presente comentario, que cuenta con el voto particular de dos de los cinco miembros de la Sala que la dictó, se halla referida a la denegación de la nacionalidad española a un ciudadano ecuatoriano, nacido en el año 1988 y residente legal en España desde el año 2006, junto a su familia, que, sí, tiene reconocida la nacionalidad española, y quien presenta una discapacidad intelectual, que no ha sido objeto de incapacitación judicial, de un 67 %, por padecer un trastorno esquizoide de la personalidad.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados