La función delimitadora de la audiencia previa y, más precisamente, la subfunción concretora, recogida en el art. 428.1 LEC, se vislumbró como una de las aportaciones más prometedoras de la LEC 1/2000. Sin embargo, las expectativas generadas no se han cumplido tras más de diez años de aplicación efectiva de la LEC. Este estudio analiza las causas que explican su paradójico y gris devenir.
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