¿Qué derechos deben ser reconocidos a los inmigrantes? El autor, inspirándose en las tesis propuestas por Angel Chueca y Pascual Ague! o, sostiene la necesidad de superar la interpretación estricta del derecho a la nacionalidad enunciada en el artículo 15 de la Declaración Universal de derechos humanos de 1948, para hacer posible una revisión del vínculo social y político que considera no sólo más justa sino también más coherente con la realidad de la transnacionalidad y la multicuturalidad detivada de las transformaciones en los movimientos migratorios y en los proyectos de los inmigrantes que incluyen cada vez más el asentamiento estable como objetivo.
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