El trabajo ocupa gran parte de nuestra vida, y como cualquier actividad, entraña ciertos riesgos para nuestra salud. El hecho de que su existencia sea inevitable, no impide que se deba trabajar para prevenirlos, minimizarlos e incluso eliminar algunos. En nuestro país, según la legislación vigente (Ley 31/1995 de 8 de noviembre de 1995), el empresario tiene la obligación de velar por la seguridad de los trabajadores; éste debe tomar una serie de medidas para que el trabajo dañe lo menos posible al trabajador.
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