El artículo analiza la novedad introducida en el mundo hispánico por el reglamento sobre libertad de prensa sancionada por el gobierno del primer triunvirato en octubre de 1811, a partir de la creación de la Junta Protectora para los delitos y abusos de imprenta compuesta por ciudadanos. Se analizan sus diferencias con el modelo de las Cortes de Cádiz, que constituyó el referente directo de la primera reglamentación rioplatense y su recepción en las páginas de El Español, editado en Londres por Joseph Blanco White. Se plantea la riqueza de análisis que genera la incorporación de estudios centrados en la recepción de escritos para profundizar las investigaciones en torno a la circulación de textos, autores e ideas en el contexto de las revoluciones hispánicas.
The article analyzes the innovation introduced in the Hispanic world by the regulation on the freedom of the press enacted by the government of the First Triumvirate in October 1811, after the creation of the citizens� Junta Protectora against press crimes and abuses.
We analyze its differences with the model of the Courts of Cádiz -which was the immediate benchmark for the first regulation in the Rio de la Plata- and its reception in the pages of El Español, published in London by Joseph Blanco White. We also pose that including studies which focus on the reader�s response provides some richness to the analysis, which also deepens the research about the circulation on texts, authors and ideas in the context of Hispanic revolutions.
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