¿Deben asociarse las situaciones de desprotección-conflicto social únicamente a la mayor o menor capacidad protectora de las figuras parentales? O, por el contrario, ¿deberíamos tener en cuenta la presencia de otras situaciones sobrevenidas? Situaciones, hechos o circunstancias que por su naturaleza dan lugar a espacios de desprotección, más allá de la voluntad de las figuras parentales de referencia. Si esto es así, estaríamos hablando de un sistema de Protección de la Infancia y Adolescencia con criterios de responsabilidad compartida. En ese caso, cabría preguntarse ¿qué otras figuras, agentes, instituciones o sistemas tienen una implicación directa en el ámbito de la protección a la infancia? y ¿qué grado de responsabilidad adquiere cada una de ellas? La respuesta, en el actual contexto de crisis socioeconómica y más allá del discurso político, cobra una mayor complejidad si cabe, en la medida en que sitúa el marco de la protección de la infancia en un espacio jurídico-social marcado por el cambio del paradigma asistencial, al paradigma de los derechos subjetivos.
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