En la sentencia del TJUE de 12 de septiembre de 2013 se mantiene la posibilidad de aplicar el Regl. 44/2001 a una acción dirigida por las autoridades fiscales británicas contra los beneficiados en un fraude en la recaudación del IVA. En este trabajo se analiza la coherencia de esta decisión con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia que ha interpretado el art. 1 del Convenio de Bruselas de 27 de septiembre de 1968 y del Regl. 44/2001.
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