La adopción de la medida cautelar de retención y depósito de una suma dineraria, con cargo a un crédito documentario, en sede de un proceso relacionado solo indirecta o mediatamente con su emisión, es cuestión polémica. Lo que parece claro es que el mandato judicial de retención y depósito debe cumplirse, sin perjuicio de su impugnación, e incluso de la eventual responsabilidad, en su caso, civil o penal del juez que la hubiera adoptado.
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