El desarrollo económico de la industria del juego ha sido exponencial durante la última década y ha obligado a no pocos ajustes regulatorios y de conformación en su ordenamiento jurídico. Lo dicho es fácilmente contrastable con el surgimiento de nuevos instrumentos jurídicos, e incluso urbanísticos, para la configuración de nuevos modelos y espacios de ocio vinculados al juego. Es el caso de las nuevas fórmulas de ordenación y planeamiento urbanístico e incluso económico que se ha originado con la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, al introducir en el ordenamiento urbanístico -y de juego- de la Comunidad de Madrid, una figura ciertamente novedosa que ha denominado Centros Integrados de Desarrollo y que, dejando al margen lo discutible de su calidad y técnica, trata de sentar las bases jurídicas para el ulterior desarrollo de macro complejos vinculados a la industria del ocio y del juego al modo de los modelos y ciudades anglosajonas.
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