La continuada depreciación de los inmuebles acontecida durante los últimos años ha determinado en ocasiones que, pagada cierta deuda por el fiador y subrogado éste en la posición del acreedor, se encuentre con unas garantías insuficientes para hacer efectivo su derecho al reembolso. En este artículo se analiza la posible defensa de ese fiador en un caso singular: cuando, con anterioridad, el acreedor no ejercitó su derecho a exigir la constitución de garantías adicionales.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados