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Resumen de Mediación de consumo en Cataluña versus tutela judicial efectiva: ¿una apostasía en la resolución de conflictos?

Óscar Daniel Franco Conforti

  • La Ley 20/2014, de 29 de diciembre, modifica el Código de Consumo de Cataluña y en su art. 8 adiciona el art. 132-4 a la Ley 22/2010, para la mejora de la protección de las personas consumidoras en materia de créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo. Ha sido reglamentada a través del Decreto 98/2014, de 8 de julio, sobre el procedimiento de mediación en las relaciones de consumo, y aunque en lo personal celebre que la Administración Pública se implique en la defensa de los consumidores, y en particular en los casos de ejecuciones hipotecarias de vivienda habitual, ¿Es esto mediación de conflictos?, ¿Es Constitucional la obligación de mediar antes de litigar?


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