Una persona sufre un accidente de circulación, como consecuencia del cual sufre lesiones que generan la declaración de incapacidad por el INSS; en el juicio civil solicita que se le conceda indemnización por dicha incapacidad y el 10% del factor corrector, no obstante lo cual, dado que la pensión de incapacidad se calcula sobre el 75% de la base reguladora, pierde un 25% de poder adquisitivo todos los meses, así que reclama una cantidad adicional como lucro cesante, ¿es ello posible o supone una duplicidad de peticiones respecto de los otros conceptos pedidos?
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