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Resumen de La institución civil de la exposición imprudente al daño, y el alcance de su aplicación a los accidentes del trabajo

Sergio Ignacio Barros Aroca

  • Los accidentes del trabajo son materia de diaria discusión en los tribunales y en la doctrina. La fijación de una indemnización en los juicios que se interponen por este motivo incluye normalmente la posible “exposición imprudente al daño”, de conformidad a lo que dispone el artículo 2330 del Código Civil, que consagra esta institución, promovida por la defensa de los empleadores. Por cierto que esa discusión versa sobre la posible exposición del trabajador-víctima-demandante a los daños sufridos en el siniestro y la eventual rebaja o eximición de la indemnización.

    La aplicación en esos juicios laborales de la mentada institución civil tiene opiniones jurisprudenciales y doctrinarias que va – como era de esperar – desde aquellas que rechazan totalmente su aplicación, hasta aquellas partidarias de una extensa aplicación. La doctrina no es muy profusa en esta discusión y la jurisprudencia no es definitiva, por lo que se hace interesante un breve análisis de lo que han señalado ambas fuentes. Además, la escasa doctrina conocida trata la institución desde el punto de vista civil, lo que hace imperativo un análisis desde el ámbito laboral, máxime cuando estamos hablando de derecho laboral y no de derecho civil, de juicios laborales y no de juicios civiles.

    Este artículo pretende entonces analizar la posible aplicación de esta institución netamente civil a los juicios laborales por accidente del trabajo, concluyendo que su aplicación es permitida bajo rigurosas exigencias propias de la legislación laboral y la de accidentes.


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