En este trabajo se estudia el fundamento constitucional de la financiación pública de las confesiones en el Derecho español vigente, y se analizan críticamente las posiciones doctrinales que, entre nosotros, han tratado de situar ese fundamento, ya sea en la idea de la valoración social positiva del factor religioso, desde una perspectiva de signo institucionalista, ya sea en la proyección aquí de la función promocional de los derechos humanos. La principal conclusión de nuestro estudio es la de que semejante financiación carece de un fundamento constitucional atendible, especialmente a la luz del principio personalista y de la naturaleza propia de la libertad religiosa como un derecho de libertad, en estrecha relación con la vigencia de los principios constitucionales de igualdad y de aconfesionalidad.
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