La Patria Potestad no es más que un singular complejo de derechos y obligaciones, singular, porque en buena parte, son derechos a cumplir obligaciones o derechos-deberes. El Derecho tiene como contenido la satisfacción del interés del titular en beneficio de la otra parte, no existiendo bilateralidad porque la prestación no es recíproca sino que se hace en interés del destinatario.
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