Con motivo de la reforma del Código Penal que entrará en vigor el 1 de julio de 2015, donde se acometen profundos cambios en las instituciones de la suspensión y sustitución de las penas, este artículo pretende poner de relieve las mudanzas más significativas operadas por la LO 1/2015 y dejar unos pequeños apuntes que puedan servir para el debate jurídico. La idea principal es que sirva de resumen para aquellos que, por razones de falta de tiempo o de practicidad, no quieran de entrada tener que realizar la labor de comparar la vigente versión del Código Penal y la nueva.
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