La conciliación extrajudicial se caracteriza por una doble dimensión en asuntos contenciosos, al ser de una parte un mecanismo alternativo de solución de conflicto, y de otro lado un requisito de procedibilidad. Esta novedosa institución ha tenido una importante evolución normativa y en su versión actual constituye, dadas sus múltiples ventajas en un contexto de congestión judicial, un importante espacio para que con prontitud, certeza y eficacia se garanticen los derechos de los administrados.
The extrajudiciary conciliation it is characterized by the two dimensions that it has for contentious purposes; in one hand, as an alternative conflict solution mechanism, and on the other hand, as a prejudiciary requirement. This new institution has had an important normative development in the recent years and its actual version constitutes a valuable instrument to increase the promptness and the efficacy of the constitutional rights.
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