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Resumen de Contrato de arrendamiento: subrogación: requisitos y efectos

Carlos Beltrá Cabello

  • En materia de subrogación mortis causa en los contratos de arrendamiento, es suficiente para reconocer la subrogación que se produzca la situación de convivencia y el hijo se encuentre afectado por la minusvalía, sin necesidad de que esta hubiera sido declarada en el momento del fallecimiento del arrendatario por el órgano competente. Si el contrato de arrendamiento para uso de vivienda se celebrara por un cónyuge constante el matrimonio, ello no supondrá que las situaciones contractuales de cada uno formaran parte de la sociedad de gananciales.


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