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Expansión y justiciabilidad de los derechos sociales en México

    1. [1] Universidad Veracruzana

      Universidad Veracruzana

      México

  • Localización: Letras jurídicas: revista de los investigadores del Instituto de Investigaciones Jurídicas U. V., ISSN 1665-1529, Nº. 20, 2009, págs. 193-213
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Para algunos tratadistas existen ciertos temas que resultan de acceso restringido para la jurisdicción constitucional: se trata de los derechos sociales. De acuerdo con un sector de la doctrina son derechos vedados para la jurisdicción constitucional, por considerarlos derechos de imposible o difícil judicialización que implicaría, para el órgano jurisdiccional, rebasar sus naturales fronteras hacia terrenos solo aptos para los poderes políticos. En este artículo, se intenta desmitificar esa idea, al analizar algunas jurisprudencias y tesis aisladas sobre el derecho a la protección a la salud que ha seguido la Suprema Corte de Justicia de la Nación en México que, además de conservar funciones de control de la legalidad, ha ampliado el ámbito protector del juicio de amparo para tutelar de manera directa derechos humanos establecidos en instrumentos internacionales. La jurisprudencia reciente apunta algunos criterios novedosos, proponiendo de manera expresa, clara y contundente la procedencia del amparo por transgresión de garantías individuales o sociales, así como por violaciones a los derechos humanos establecidos en los instrumentos internacionales. A través de la emisión de jurisprudencia y tesis aisladas sobre el derecho a la protección a la salud, la Corte mexicana se ha ocupado de los llamados problemas de determinación. Por ello resulta imprescindible la función reguladora de los jueces en la adecuación entre los fines constitucionales y los medios procesales para materializar plenamente el derecho a la protección de la salud

    • English

      For some treatise writers there are certain themes which are considered of restricted access for the constitutional jurisdiction: they are the Social Rights. According with a sector of the doctrine, they are banned rights for the constitutional jurisdiction, because they are considered rights with an impossible or difficult judicialization and which would imply, for the jurisdictional organ, to surpass its natural borders towards fields pertaining only to political powers. This article attempts s to demystify that idea by analyzing some jurisprudences and isolated theses on the right to protect health that has been followed by the Supreme Court of the Nation in Mexico, which besides keeping control functions of legality, has broadened the protecting scope of the judgment for protection to tutor in a direct manner the human rights established by international instruments. Recent jurisprudence points to some new criteria, proposing in a clear and definite way the precedence of the protection against transgression of individual and social guarantees, as well as for violations to those human rights established by international instruments. Through the emission of jurisprudence and isolated theses on the right to protect health, the Mexican Court has taken care of the so called problems of determination. Therefore the regulatory function of the judges is essential in the fitting between the constitutional ends and the processal ways to fully materialize the right to protect health


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