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Resumen de Legislación nacional en materia de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias. Avances en la reforma constitucional del sistema de Justicia Penal

Ivonne Díaz Madrigal

  • español

    En el año 2008 la Constitución Política del Estado mexicano reconoció a los mecanismos alternativos de resolución de controversias, en su artículo 17. Sin embargo, con anterioridad ya había entidades federativas que contaban con legislación en la materia, aunque, con algunas diferencias sustantivas. Para consolidar la propia reforma al sistema de justicia penal a nivel nacional y homogeneizar la práctica de los mecanismos alternativos, fue necesaria una nueva reforma constitucional a las facultades del Congreso Federal, y la expedición, en 2014, de la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Resolución de Controversias

  • English

    In the year 2008 the Mexican Constitution recognized the alternative mechanisms to the controversies, in Article 17. However, before there were states that had legislation about it, with some substantial differences. To consolidate own reform the criminal justice system nationwide and standardize the practice of alternative mechanisms had to be a new constitutional reform and finally in 2014, the creations of the National Law Alternative Dispute.


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